FAQ legal

NOTA: Esta FAQ es sólo para fines informativos y no constituye asesoramiento jurídico. Nuestro objetivo es proporcionar una descripción general de las cuestiones jurídicas relacionadas con Tor en los Estados Unidos. Diferentes situaciones de hecho y diferentes jurisdicciones legales darán lugar a diferentes respuestas a una serie de preguntas. Por lo tanto, por favor no actúe basándose únicamente en esta información; si tiene problemas legales específicos, cuestiones o preguntas, busque una revisión completa de su situación con un abogado con licencia para ejercer en su jurisdicción.

Además, si ha recibido este documento de cualquier otro sitio que no sea el sitio web de la EFF o https://community.torproject.org/relay/community-resources/eff-tor-legal-faq, es posible que no esté actualizado. Siga el enlace para obtener la última versión.

Última revisión: Marzo 2023

¿ALGUIEN HA SIDO DEMANDADO O PROCESADO POR EJECUTAR TOR?

Aunque no tenemos conocimiento de que un individuo haya sido demandado, procesado o condenado por ejecutar un repetidor Tor, las fuerzas del orden en los Estados Unidos y otros países han investigado ocasionalmente por error a individuos que ejecutaban un repetidor Tor. Creemos que ejecutar un repetidor Tor, incluyendo un repetidor de salida que permite a la gente enviar y recibir tráfico de forma anónima, es legal bajo la ley de EE.UU. La aplicación de la ley, sin embargo, a menudo malinterpreta cómo funciona Tor y ocasionalmente ha atribuido tráfico ilegal en la red como originado desde un repetidor de salida Tor. Esto ha dado lugar a que la policía sospeche de delitos a los operadores de repetidores Tor y a veces incautación de equipos informáticos, incluidos los repetidores Tor. Por ejemplo, en 2016 la policía de Seattle por error allanó la casa de un activista de la privacidad que operaba un repetidor de salida de Tor. Y las autoridades rusas arrestaron por error al instructor de matemáticas y operador de repetidores Tor Dmitry  Bogatovaunque más tarde lo absolvieron de cargos.

¿DEBO USAR TOR O FOMENTAR EL USO DE TOR CON FINES ILEGALES?

No. Tor ha sido desarrollado para ser una herramienta para la libre expresión, la privacidad y los derechos humanos. No es una herramienta diseñada o pensada para ser usada para violar la ley, ni por los usuarios de Tor ni por los operadores de repetidores Tor.

¿PUEDE EFF PROMETER QUE NO ME METERÉ EN PROBLEMAS POR HACER UN REPETIDOR TOR?

No. Todas las nuevas tecnologías crean incertidumbres legales, y Tor no es una excepción. No podemos garantizar que nunca se enfrentará a ninguna responsabilidad legal como resultado de ejecutar un repetidor Tor.

¿ME REPRESENTARÁ EFF SI ME METEN EN PROBLEMAS POR CORRER UN REPETIDOR TOR?

Quizás. Aunque la EFF no puede prometer representación legal a todos los operadores de repetidores de Tor, sí ayudará a los operadores de repetidores en la evaluación de la situación y tratará de localizar un abogado cualificado cuando sea necesario. Las consultas a la EFF con el fin de obtener representación legal o referencias deben dirigirse a nuestro coordinador de admisión enviando un correo electrónico a info at eff.org. Dichas consultas se mantendrán confidenciales dentro de los límites del privilegio abogado/cliente. Tenga en cuenta que, aunque la EFF no puede ejercer la abogacía fuera de Estados Unidos, intentará ayudar a los operadores de repetidores no estadounidenses a encontrar representación local.

¿CÓMO DEBO ACTUAR ANTE UNA VISITA, REDADA O INTERROGATORIO POLICIAL?

Si usted es detenido e interrogado por la policía, tiene derecho a solicitar hablar con un abogado antes y durante cualquier interrogatorio. Lo mejor es decir “quiero a mi abogado y elijo permanecer en silencio” y luego negarse al interrogatorio hasta que tenga la oportunidad de hablar con un abogado.

Sin embargo, si decide renunciar a su derecho a la asistencia letrada y responder a las preguntas sin la presencia de un abogado, asegúrese de decir la verdad. Mentir a las fuerzas del orden puede acarrearle más problemas que aquello sobre lo que querían hablar con usted en primer lugar.

¿PROPORCIONA LA LEGISLACIÓN ESTADOUNIDENSE ALGÚN TIPO DE PROTECCIÓN A LA RED TOR FRENTE A DEMANDAS CIVILES?

Sí. Una ley federal, 47 U.S.C. § 230 (a menudo llamada Sección 230), proporciona inmunidad legal a los intermediarios en línea que alojan o republican discursos. Aunque hay excepciones importantes para ciertas demandas penales y basadas en la propiedad intelectual, la inmunidad de la Sección 230 protege a los servicios en línea, como la red Tor, contra una serie de leyes que de otro modo podrían ser utilizadas para hacerlos legalmente responsables de lo que otros dicen y hacen. Otra ley federal, 17 U.S.C. § 512(a), parte de la Digital Millennium Copyright Act, proporciona un puerto seguro legal contra las demandas por infracción de derechos de autor basadas en material que simplemente se transmite sin modificación, como hace un repetidor Tor.

¿DEBO PONERME EN CONTACTO CON LOS DESARROLLADORES DE TOR CUANDO TENGA PREGUNTAS LEGALES SOBRE TOR O PARA INFORMARLES SI SOSPECHO QUE TOR SE ESTÁ UTILIZANDO CON FINES ILEGALES?

No. Los desarrolladores de Tor están disponibles para responder preguntas técnicas, pero no son abogados y no pueden dar consejo legal. Tampoco tienen capacidad para prevenir actividades ilegales que puedan ocurrir a través de los repetidores de Tor. Además, sus comunicaciones con los desarrolladores de Tor no están protegidas por ningún privilegio legal, por lo que las fuerzas de la ley o los litigantes civiles podrían citar y obtener cualquier información que les dé.

Puede ponerse en contacto con info@eff.org si se enfrenta a un problema jurídico específico. Intentaremos ayudarle, pero dado el pequeño tamaño de la EFF, no podemos garantizar que podamos ayudar a todo el mundo.

¿PROMETEN LOS DESARROLLADORES DEL NÚCLEO DE TOR ALGO SOBRE LA FIABILIDAD DE LOS REPETIDORS TOR QUE APARECEN EN SU DIRECTORIO?

No. Aunque los desarrolladores intentan verificar que los repetidores Tor listados en el directorio mantenido por los desarrolladores principales son estables y tienen un ancho de banda adecuado, ni ellos ni la EFF pueden garantizar la confianza personal o fiabilidad de los individuos que manejan esos repetidores. Los desarrolladores del núcleo de Tor se reservan además el derecho a rechazar la petición de un operador de repetidor Tor para ser listado en su directorio o a eliminar cualquier repetidor de su directorio por cualquier razón.

REPETIDOReS DE SALIDA

Los repetidores de salida plantean problemas especiales porque el tráfico que sale de ellos puede rastrearse hasta la dirección IP del repetidor. Si bien creemos que el funcionamiento de un repetidor de salida es legal, es prácticamente imposible impedir el uso de un repetidor de salida para actividades ilegales. Eso puede atraer la atención de litigantes privados o de las fuerzas de seguridad. Un repetidor de salida puede reenviar tráfico que se considera ilegal, y ese tráfico puede atribuirse al operador de un repetidor. De hecho, la policía ha atribuido erróneamente el tráfico de un repetidor de salida como procedente del operador del repetidor. Si no está dispuesto a correr ese riesgo, un puente o un repetidor intermedio pueden ser más adecuados para usted. Estos repetidores no reenvían directamente el tráfico a Internet, por lo que no es fácil confundirlos con el origen de contenidos supuestamente ilícitos.

El blog del Proyecto Tor tiene algunas excelentes recomendaciones para ejecutar una salida con el menor riesgo posible. Le sugerimos que revise estos consejos antes de configurar un repetidor de salida.

¿DEBO INSTALAR UN REPETIDOR DE SALIDA DESDE MI CASA?

No, esto es arriesgado y no se recomienda. Si las fuerzas del orden se interesan por el tráfico de su repetidor de salida, es posible que los agentes atribuyan erróneamente ese tráfico como procedente de su casa. Esto podría dar lugar a que las fuerzas del orden allanaran tu casa, confiscaran tu ordenador y sospecharan que realizas actividades delictivas. Por este motivo, es mejor no utilizar el repetidor de salida en su casa ni la conexión a Internet doméstica.

Dados esos riesgos, debería considerar ejecutar su repetidor de salida en una instalación comercial que apoye a Tor. Tenga una dirección IP separada para su repetidor de salida, y no enrute su propio tráfico a través de él.

Por supuesto, debería evitar guardar cualquier información sensible o personal en el ordenador que aloja su repetidor de salida, y nunca debería usar esa máquina para ningún propósito ilegal. Si decide ejecutar un repetidor de salida desde su casa a pesar de estos riesgos, por favor revise las recomendaciones de Tor, incluyendo informar a su ISP y obtener una dirección IP separada para el repetidor de salida.

¿DEBO DECIR A MI ISP QUE ESTOY EJECUTANDO UN REPETIDOR DE SALIDA?

. Asegúrate de tener un ISP compatible con Tor que sepa que estás ejecutando un repetidor de salida y te apoye en ese objetivo. Esto ayudará a asegurar que su acceso a internet no se corte debido a quejas de abuso. La comunidad Tor mantiene una lista de ISPs que son particularmente compatibles con Tor, así como otros que no lo son.

¿ES BUENA IDEA AVISAR A LOS DEMÁS DE QUE ESTOY HACIENDO UN REPETIDOR DE SALIDA?

. Sea lo más transparente posible sobre el hecho de que está ejecutando un repetidor de salida. Si su tráfico de salida llama la atención del gobierno o de una parte privada descontenta, quiere que averigüen rápida y fácilmente que usted es parte de la red Tor y no responsable del contenido. Esto podría significar la diferencia entre que las fuerzas de la ley confisquen su ordenador o que le dejen en paz.

El Proyecto Tor sugiere las siguientes formas de hacer saber a los demás que estás ejecutando un repetidor de salida:

  • Configure un nombre DNS inverso para la dirección IP que deje claro que el ordenador es un repetidor de salida.
  • Configure un aviso como este para explicar que está ejecutando un repetidor de salida que es parte de la red Tor.
  • Si es posible, obtenga un registro ARIN para su repetidor de salida que muestre información de contacto para usted, no para su ISP. De este modo, recibirá las quejas de abuso y podrá responder a ellas directamente. De lo contrario, procure que su ISP le reenvíe las quejas de abuso que reciba.
¿DEBERÍA ESPIAR EL TRÁFICO DE TEXTO PLANO QUE SALE A TRAVÉS DE MI REPETIDOR TOR?

Puede ser técnicamente capaz de modificar el código fuente de Tor o instalar software adicional para monitorizar o registrar el texto plano que sale de su repetidor. Sin embargo, los operadores de repetidores Tor en los Estados Unidos pueden posiblemente crear responsabilidad civil e incluso penal para sí mismos bajo las leyes estatales o federales de escuchas telefónicas si monitorizan, registran o revelan las comunicaciones de los usuarios de Tor, mientras que los operadores no estadounidenses pueden estar sujetos a leyes similares. No examine las comunicaciones de nadie sin hablar primero con un abogado.

SI RECIBO UNA CITACIÓN U OTRA SOLICITUD DE INFORMACIÓN DE LAS FUERZAS DE SEGURIDAD O DE CUALQUIER OTRA PERSONA RELACIONADA CON MI TOR RELAY, ¿QUÉ DEBO HACER?

Edúquelos sobre Tor. En la mayoría de los casos, los repetidores Tor configurados adecuadamente no tendrán datos útiles para las partes que pregunten, y debería sentirse libre de educarles sobre este punto. En la medida en que mantenga registros, sin embargo, no debe revelarlos a terceros sin consultar primero a un abogado. En Estados Unidos, los datos pueden estar protegidos por la Ley de Privacidad de las Comunicaciones Electrónicas (Electronic Communications Privacy Act), y los operadores de repetidores de fuera de Estados Unidos pueden estar sujetos a leyes de protección de datos similares.

Puede recibir consultas legales en las que la ley le prohíba informar a nadie sobre la solicitud. Creemos que, al menos en Estados Unidos, tales órdenes de silencio no le impiden hablar con un abogado, ni siquiera llamar a un abogado para buscar representación. Las consultas a la EFF con el fin de obtener representación legal deben dirigirse a nuestro coordinador de admisiones (info at eff.org). Dichas consultas se mantendrán confidenciales dentro de los límites del privilegio abogado/cliente.

Para más información sobre cómo responder a quejas de abuso y otras consultas, consulte las Preguntas Frecuentes sobre Abuso de Tor y la colección de plantillas de respuesta a abusos en el sitio web del Proyecto Tor.

Para más información sobre qué hacer si las fuerzas del orden intentan acceder a tus dispositivos digitales, consulta la página de la EFF Conoce tus  derechos de la EFF.

MI ISP, UNIVERSIDAD, ETC. ACABA DE ENVIARME UN AVISO DE DMCA. ¿QUÉ DEBO HACER?

La EFF ha escrito una breve plantilla para ayudarle a escribir una respuesta a su ISP, universidad, etc., para hacerles saber los detalles del puerto seguro de la Digital Millennium Copyright Act, y cómo encaja Tor. Tenga en cuenta que la plantilla sólo se refiere a las jurisdicciones de EE. UU., y está pensada sólo para hacer frente a las quejas de derechos de autor que se basan en una retransmisión de material supuestamente infractor a través del nodo Tor.

Si lo desea, puede enviar una copia de su notificación a la base de datos Lumen. La dirección de correo electrónico para los envíos es team@lumendatabase.org. Esto nos ayudará a reconocer tendencias y cuestiones en las que los abogados podrían querer centrarse. Lumen también anima a las personas de fuera de Estados Unidos a que envíen información.

La EFF cree que los repetidores Tor deberían estar protegidos de la responsabilidad de los derechos de autor por los actos de sus usuarios porque un operador de repetidores Tor puede plantear una defensa de inmunidad en virtud de la Sección 512 de la DMCA, así como defensas en virtud de las doctrinas de responsabilidad secundaria de los derechos de autor. Sin embargo, ningún tribunal ha abordado aún estas cuestiones en el contexto del propio Tor. Si se siente incómodo con esta incertidumbre, puede considerar el uso de una política de salida reducida (como la política por defecto sugerida por el Proyecto Tor) para tratar de minimizar los tipos de tráfico que a menudo son objeto de denuncias por derechos de autor.